miércoles, 22 de febrero de 2012

DERECHOS DE LA ENFERMERA


            A lo largo de este capítulo se ha reflexionado sobre las obligaciones y los deberes de la enfermera, sin embargo ella como persona y como profesionista al cuidado de otra persona, también tiene derechos. Como ser humano, comparte con todos los demás los derechos de opinión y como ciudadana de determinada sociedad, comparte con  los demás ciudadanos ciertos derechos de bienestar.
            Las enfermeras, al igual que otro individuo, gozan de dichos derechos. Por lo tanto tienen el derecho a apelar a su  conciencia y negarse a actuar de manera tal que vaya en contra de su libertad de creencias  y expresiones.
            Este principio es básico en la práctica enfermera, como por ejemplo cuando ella no está de acuerdo en que se realice un aborto por el médico, únicamente por que la paciente elige poner fin a su embarazo, o cuando el médico indica la administración  de un medicamento y que la enfermera sabe que le va a producir graves efectos secundarios al paciente. En ambos casos ella puede negarse a participar, y nadie le puede obligar a que lo haga; entonces ella está apelando a su conciencia moral porque tiene la libertad de decidir (y lógicamente tiene el conocimiento científico).
            Todas las enfermeras del mundo deben luchar porque este convenio sea aprobado y se dé su cumplimiento por los gobiernos  de todas las naciones. Actualmente solo 37 países de los cinco continentes lo han aprobado.
           

En México, ha sido un logro importante para la Enfermería Mexicana que el Colegio Nacional de Enfermeras coordinara los trabajos con el Colegio  Mexicano de Licenciados en Enfermería con el apoyo de CONAMED para la elaboración  de la Carta de los Derechos de las Enfermeras y los Enfermeros, dado a conocer el día 6 de Enero del año 2005 con motivo del Día de la Enfermera.
Este documento es solo un avance en la defensa de los derechos de las enfermeras mexicanas, sin embargo, todavía falta mucho por hacer, y si queremos que la profesión sea autónoma y se auto regule.



A continuación se menciona el Decálogo de estos Derechos:
1.    Ejercer la enfermería con libertad, sin presiones de cualquier naturaleza y en igualdad de condiciones interprofesionales.
2.    Desempeñar sus intervenciones en un entorno que garantice la seguridad e integridad personal y profesional.
3.    Contar con los recursos necesarios  que les permitan el óptimo desempeño de sus funciones.
4.    Abstenerse de proporcionar información  que sobrepase su competencia profesional y laboral.
5.    Recibir trato digno  de parte de pacientes y sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo, independientemente de su nivel jerárquico.
6.    Tener acceso a diferentes alternativas de desarrollo  profesional en igualdad de oportunidades que los demás profesionales de la salud.
7.    Tener acceso a las actividades de gestión, docencia e investigación de acuerdo a sus competencias, en igualdad de oportunidades interprofesionales.
8.    Asociarse libremente para impulsar, fortalecer y salvaguardar sus intereses profesionales.
9.    Acceder a posiciones de toma de decisión  de acuerdo a sus competencias, en igualdad de condiciones que otros profesionistas, sin discriminación alguna.
10. Percibir remuneración por los servicios profesionales prestados.

PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES


            Son necesarios para el apego y desempeño correcto en todas las intervenciones de enfermería, encaminadas a restablecer la salud de los individuos, basadas en el conocimiento mutuo y con respeto de la dignidad de la persona que reclama la consideración ética del comportamiento de la enfermera.

            Beneficencia y no maleficencia.- Se entiende como la obligación de hacer el bien y evitar el mal. Se rige por los siguientes deberes universales: hacer o promover el bien y prevenir, apartar y no infringir daño o maldad a nada.

            Justicia.- La justicia en la atención de enfermería no se refiere solamente a la disponibilidad y utilización de recursos físicos y biológicos, sino a la satisfacción de las necesidades básicas de la persona en su orden biológico, espiritual, afectivo, social y psicológico, que se traducen en un trato humano.

            Autonomía.- Significa respetar a las personas como individuos libres y tener en cuenta sus decisiones, producto de sus valores y convicciones personales. Con este principio se reconoce el deber de respetar la libertad individual que tiene cada persona para determinar sus propias acciones.


Valor fundamental de la vida humana.- Este principio se refiere a la inviolabilidad de la vida humana, es decir la imposibilidad de toda acción dirigida de un modo deliberado y directo a la supresión de un ser humano o al abandono de la vida humana, cuya subsistencia depende y está bajo la propia responsabilidad y control.
El derecho a la vida aparece como el primero y más elemental de todos los derechos que posee la persona, un derecho que es superior al respeto o a la libertad del sujeto, puesto que la primera responsabilidad de su libertad es hacerse cargo responsablemente de su propia vida. Para ser libre es necesario vivir. Por esto la vida es indispensable para el ejercicio de la libertad.

Privacidad.- El fundamento de este principio es no permitir que se conozca la intimidad corporal o la información confidencial que directa o indirectamente se obtenga sobre la vida y la salud de la persona. La privacidad es una dimensión existencial reservada a una persona, familia o grupo.
Fidelidad.- Entendida como el compromiso de cumplir las promesas y no violar las confidencias que hacer una persona. Las personas tienden a esperar que las promesas sean cumplidas en las relaciones humanas y no sean violadas sin un motivo poderoso. No obstante, a veces pueden hacerse excepciones, cuando el bien que se produce es mayor que el cumplimiento de las mismas o cuando el bienestar de la persona o de un tercero es amenazado; pero es importante que estas excepciones las conozca la persona al cuidado de enfermería.

Veracidad.- Se define como el principio ineludible de no mentir o engañar a la persona. La veracidad es fundamental para mantener la confianza entre los individuos y particularmente en las relaciones de atención a la salud. Por lo tanto, las enfermeras tienen el deber de ser veraces en el trato con las personas a su cuidado y con todo lo que a ella se refiera.
Confiabilidad.- Este principio se refiere a que el profesional de enfermería se hace merecedor de confianza y respeto por sus conocimientos y su honestidad al trasmitir información, dar enseñanza, realizar los procedimientos propios de su profesión y ofrecer servicios o ayuda a las personas.
Solidaridad.- Es adherirse con las personas en las situaciones adversas o propicias, es compartir intereses, derechos y obligaciones. Se basa en el derecho humano fundamental de unión y asociación, en el reconocimiento de sus raíces, los medios y los fines comunes de los seres humanos entre sí.
Tolerancia.- Este principio hace referencia a admitir las diferencias personales, sin caer en la complacencia de errores en las decisiones y actuaciones incorrectas. Para acertar en el momento de decidir si se tolera o no una conducta, la enfermera debe ser capaz de diferenciar la tolerancia de la debilidad y de un malentendido respeto a la libertad y a la democracia.

Importancia De La Ética

Cuando hablamos de ética no sólo nos referimos a aquello a lo que estamos sujetos de forma contractual, como ser puntuales o tratar a los clientes con educación; sino que también hablamos del saber escoger que es lo mejor para cada cual y aplicarlo en el día a día de forma efectiva y eficiente.
Así, el verdadero profesional nunca puede tener sentimiento de culpabilidad en el acto de la venta o en su relación comercial con un cliente si a esta se le imprime un carácter ético. Es importante poseer conocimientos teóricos y prácticos para poder actuar con la ética que cabe esperar de cualquier profesional también en el sector de la peluquería. Todos estos esfuerzos garantizarán clientes satisfechos y, por lo tanto, fieles a nuestros servicios, algo que hoy en día, con la gran ley de oferta y demanda existente, es muy complicado conseguir, así como a recomendaciones futuras de dichos clientes hacia otros que sean potenciales usuarios. Por ello, vale la pena apostar por una conducta estrictamente ética en el ámbito laboral, ya que sus frutos a corto y largo plazo son más que evidentes.

Ética Profesional en el Área de la Enfermería

ENFERMERÍA
            Es el cuidado de la salud del ser humano. También recibe ese nombre la profesión que, fundamentada en dicha ciencia, se dedica básicamente al diagnóstico y tratamiento de los problemas de salud reales o potenciales. Se centra en el estudio de la respuesta del individuo o del grupo a un problema de salud real o potencial, y, desde otra perspectiva, como complemento o suplencia de la necesidad de todo ser humano de cuidarse a sí mismo desde los puntos de vista biopsicosocial y holístico. El pensamiento crítico enfermero tiene como base la fundamentación de preguntas y retos ante una situación compleja y el cómo actuar ante dicha situación.
            Es el sistema de la práctica de enfermería, en el sentido de que proporciona el mecanismo por el que el profesional de enfermería utiliza sus opiniones, conocimientos y habilidades para diagnosticar y tratar la respuesta del cliente a los problemas reales o potenciales de la salud.
            La enfermería también es una profesión de titulación universitaria que se dedica al cuidado integral del individuo, la familia y la comunidad en todas las etapas del ciclo vital y en sus procesos de desarrollo.
            Al hablar de enfermería se asocia la relación tan íntima que esta profesión tiene con los valores humanísticos, éticos y morales. La enfermera, consciente o inconscientemente los utiliza al proporcionar los cuidados por lo cual no se concibe a la enfermería sin esta interrelación. La enfermera, a través del cuidado, pone en marcha todo aquello que mueve la energía del ser humano, su potencial, su deseo de vivir. El cuidado es una actitud que trasciende las dimensiones de la realidad humana.

ENFERMERÍA EN MÉXICO
            La Enfermera es la persona indispensable para el cuidado de la salud que brinda atención en fábricas, oficinas, hospitales, escuelas, centros deportivos, guarderías, casas particulares y asilos, entre otros.
Sus tareas son diversas y poseen un carácter multidisciplinario, aunque del conjunto destacan: la verificación y el registro de signos vitales (toma de presión arterial y temperatura), la realización de curaciones y el control de enfermos.
Cuando de servicios de salud se trata, la Enfermera suele intervenir proporcionando asistencia directa a enfermos, personas accidentadas y adultos en edad avanzada. Para ello, inyecta soluciones, aplica sueros, realiza transfusiones y traslada a los pacientes en silla de ruedas o camilla al laboratorio, área de cuidados intensivos, consultorio, sala de operaciones, etc. Cuando se requiere, baña y viste al paciente, lo ayuda a caminar, cambia la ropa de cama y, en su caso, lo apoya en la ingesta de alimentos. La Enfermera también interviene en el proceso de limpieza, esterilización y mantenimiento del instrumental quirúrgico utilizado en las intervenciones.
DECÁLOGO DEL CÓDIGO DE ÉTICA
PARA LAS ENFERMERAS Y ENFERMEROS EN MÉXICO


            La observancia del Código de Ética, para el personal de enfermería nos compromete a:
1. Respetar y cuidar la vida y los derechos humanos, manteniendo una conducta honesta y leal en el cuidado de las personas.
2. Proteger la integridad de las personas ante cualquier afectación, otorgando cuidados de enfermería libres de riesgos.
3. Mantener una relación estrictamente profesional con las personas que atiende, sin distinción de raza, clase social, creencia religiosa y preferencia política.
4. Asumir la responsabilidad como miembro del equipo de salud, enfocando los cuidados hacia la conservación de la salud y prevención del daño.
5. Guardar el secreto profesional observando los límites del mismo, ante riesgo o daño a la propia persona o a terceros.
6. Procurar que el entorno laboral sea seguro tanto para las personas, sujeto de la atención de enfermería, como para quienes conforman el equipo de salud.
7. Evitar la competencia desleal y compartir con estudiantes y colegas experiencias y conocimientos en beneficio de las personas y de la comunidad de enfermería.
8. Asumir el compromiso responsable de actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos de acuerdo a su competencia profesional.
9. Pugnar por el desarrollo de la profesión y dignificar su ejercicio.
10. Fomentar la participación y el espíritu de grupo para lograr los fines profesionales.
LO MÀS IMPORTANTE NO ES SABER ÉTICA, SINO PRACTICARLA CORRECTAMENTE.

CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DEL PACIENTE


El mensaje central del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 destaca el esfuerzo que se hará para progresar en la salud de los mexicanos, lo que supone entre muchos otros, la aplicación de las normas y los procedimientos en las instituciones con un sentido centrado en la tradición social.

De igual forma, se considera que para hacer realidad estos proyectos, México debe contar con un sistema que responda con calidad y respeto a las necesidades y expectativas de los mexicanos, que amplíe sus posibilidades de elección, que cuente con instancias eficaces para la presentación de quejas y con mecanismos de participación en la toma de decisiones.
Es por ello que se encomendó a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico esta tarea, encaminada a coordinar los esfuerzos institucionales para definir un proyecto que fuera puesto a consideración de las organizaciones sociales. En él se plantearon los derechos de los pacientes frente al médico que le brinda atención, que concluyó con el diseño de la presente Carta de los Derechos Generales de los Pacientes.
Durante ésta, se elaboró un documento en forma de decálogo, mismo que se acordó enviar para su validación y consenso a las Instituciones del Sector Salud, Colegios, Asociaciones, Sociedades, Consejos y otras agrupaciones de la salud, así como a las Comisiones de Derechos Humanos.
El decálogo incluye además, en cada uno de sus artículos, el fundamento legal contemplado en los diferentes ordenamientos jurídicos relacionados con la materia.

RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA ADECUADA
            El paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.

RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO
El paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes.

RECIBIR INFORMACIÓN SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ
El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a que el médico tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible; se brinde con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustada a la realidad.





DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIÓN
El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.

OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO

El paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten, de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico.
Lo anterior incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos.
SECRETO PROFESIONAL
Dentro de los contenidos de información podemos ubicar, con todo cuidado, el llamado secreto profesional le acompaña un signo positivo: respeto a las personas.
El Secreto profesional conlleva, reclama, exige un trabajo serio y responsable de equipo. Secreto profesional no es secretismo. Quiere ser y resulta diálogo, estudio, planificación, ejecución, análisis de lo realizado, de lo conseguido y esto de una manera ordenada y conjunta.
Pues solo mediante sistemas ordenados, contrastados, evaluados, se puede  llegar a la profundidad que el tema en cierra en sí mismo.
Guardar el silencio profesional no es fabricar e imponer candado de hierro en los labios ni sellos de fuego en las mentes. Secreto profesional es planificar, entre los profesionales del equipo sanitario comprometido, e informar si es necesario por una sola persona, para evitar las posibles interferencias.
A veces se confundió en sanidad el concepto secreto como algo clandestino, enigmático, escondido, esotérico. Pero no, en sanidad secreto es: limpieza en la intención, claridad en las ideas, prudencia en el ejercicio, respeto a las personas.
Si se nos fuera  a examinar sobre nuestro nivel o grado estético y ético respecto al Secreto profesional en Enfermería aparecerían los siguientes ítems:
·         Valores individuales y sociales que conlleva.
·         Hasta donde alcanza el Secreto profesional.
·         Valor del derecho en la intimidad en: el centro sanitario, en los distintos grupos de enfermos.

LEY GENERAL DE SALUD
Art. 2.- El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:
I.              El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.

II.            La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana.

III.           La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación  y disfrute de condiciones de salud que contribuyen al desarrollo social.

IV.          La extensión de actitudes solidarias responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud.

V.           El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población.

VI.          El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización  de los servicios de salud.

VII.         El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.